Mesas, Tablones y Sillas
Para solicitar el alquiler de sillas y tablones:
Aclaración importante:
Escenario y palco
Para solicitar el alquiler de estas estructuras para espectáculos públicos (únicamente instituciones intermedias y municipios vecinos)
Aclaración importante:
En el presupuesto se incluye el costo de traslado y viáticos del personal afectado para el traslado y armado. También, la tasa adicional establecida para tareas realizadas fuera del radio urbano en caso de corresponder. Una vez montado,está PROHIBIDO manipular, correr o desarmar la estructura por cuenta del contratante.
Folleto del plan de arbolado urbano
Extracción de árboles:
Poda de árboles:
Plantaciones:
La Ley Provincial Nº 1601 regula la propiedad y el tránsito de ganado mayor, menor y sus cueros en el territorio de la Provincia de La Pampa. El objeto de la misma es regular la propiedad y el tránsito de ganado mayor, menor y sus cueros en el territorio de la Provincia, complementariamente con la Ley Nacional Nº 22.939. estableciéndose por su intermedio, la obligatoriedad en todo el territorio de La Pampa de marcar el ganado mayor y señalar el ganado menor.
Formularios de Gestión:
SOLICITUD DE CASTRACCIÓN ANIMAL DE COMPAÑÍA:
ADOPCIONES:
PROGRAMA DE DESARROLLO PRODUCTIVO
El Programa de Desarrollo Productivo impulsa el crecimiento económico y social de los Municipios y Comisiones de Fomento a través de microcréditos, mediante el financiamiento de proyectos industriales y de prestación de servicios al sector productivo, hasta el monto y bajo condiciones que determine el Poder Ejecutivo Provincial, priorizándose aquellos, que demanden mayor ocupación de mano de obra y que tengan impacto directo sobre la producción primaria zonal. La autoridad de aplicación del presente programa es el Ministerio de la Producción y los municipios tenemos la responsabilidad de recepcionar todas las solicitudes, evaluar, seleccionar y elevar los proyectos aprobados para su posterior financiamiento.
Si tenés un proyecto productivo y necesitas financiamiento, deberás elevar nota dirigida al Intendente Municipal, donde consten todos tus datos personales y además cuente todo sobre el proyecto a realizar, mano de obra a emplear, monto solicitado, forma de devolución y adjuntar los presupuestos de los insumos y equipamiento a adquirir. Se presenta en mesa de entradas del municipio en horario de oficina.
PROGRAMA DE DESARROLLO DE LA ECONOMÍA SOCIAL
El Programa de Desarrollo de la Economía Social tiene como objetivo promover la institucionalidad de las micro finanzas poniendo en práctica una política de desarrollo de emprendimientos de la economía social, por medio de la implementación de otorgamiento de micro créditos. La autoridad de aplicación del presente programa es el Ministerio de Desarrollo Social. Los municipios tenemos la responsabilidad de recepcionar todas las solicitudes, evaluarlos y seleccionarlos a través de la Mesa de Descentralización y elevar los proyectos aprobados para su posterior financiamiento.
Si tenés un proyecto de bienes o servicios y necesitas financiamiento, deberás elevar nota dirigida al Intendente Municipal, donde consten todos tus datos personales y además cuente todo sobre el proyecto a realizar, si vas a contar con personal, monto solicitado, forma de devolución y adjuntar los presupuestos de los insumos y equipamiento a adquirir. Se presenta en mesa de entradas del municipio en horario de oficina.
CREDITOS DE PROMOCIÓN ECONÓMICA
La Ley de Promoción Económica N° 2.870, tiene por objeto promover el desarrollo económico y territorial, equilibrado y con equidad social, la generación de empleo, la diversificación de la producción, la industria, el comercio y los servicios.
Los interesados en solicitar un crédito en condiciones de fomento en el marco de esta línea crediticia deberá cumplir los siguientes requisitos:
1) Presentar la solicitud de acogimiento al Régimen que se instituye por la Ley N° 2870 mediante la formulación de un Proyecto Productivo, en el que se incluye una memoria descriptiva y un plan de inversiones.
2) Tener domicilio real y legal en la República Argentina. En todos los casos, también deberán constituir domicilio especial en la Provincia a los efectos del cumplimiento de la Ley N° 2870.
3) No poseer inhibiciones y/o gravámenes; del mismo modo, los miembros de los órganos directivos de las personas jurídicas no deberán estar inhibidos y/o poseer gravámenes o interdicciones.
4) No tener pendiente de cumplimiento obligaciones exigibles con el fisco provincial.
5) Tener plena capacidad legal, de acuerdo a las disposiciones del Código Civil y de Comercio, y demás normas legales vigentes. En caso de sociedades, los miembros que integran los órganos directivos, no deben haber sido condenados por delitos económicos, ni encontrarse inhibidos o inhabilitados;
6) En caso de personas jurídicas sus directivos o administradores no deben haber sido titulares, directivos o administradores de otra persona beneficiaria que haya sido incumplidora de la presente Ley o de otras de la misma naturaleza;
7) Contar con el Libre Deuda Medioambiental, expedido por la autoridad medioambiental provincial.
8) Cumplimentar la totalidad de las obligaciones establecidas en la Ley N° 2870 y su reglamentación, y las demás exigibles como consecuencia de la particularidad de la actividad a desarrollar en el proyecto
En todos los casos los préstamos deberán ser respaldados mediante la constitución de hipotecas o prendas, avales extendidos por sociedades de garantía recíproca y fideicomisos de garantía de la forma y modo que determine la Reglamentación. Excepcionalmente, se admitirá como garantía la caución de Títulos Públicos Nacionales o de esta Provincia a valor nominal o de mercado -el que fuere menor-, fondos de garantía, fianza o fianza de entidades financieras, u otras garantías, siempre que las mismas resulten viables, suficientes y admisibles, de conformidad con lo que determine la reglamentación. Los proyectos son recepcionados en el municipio, evaluados por el Consejo Productivo local y una vez aprobados, se gira el expediente al Honorable Concejo Deliberante. Allí, los concejales deben autorizar el financiamiento de cada proyecto productivo otorgado en el marco de la ley Provincial Nº 2.870 de Promoción Económica (Art. 35 Inc. 42. Ley Provincial Nº 1.597), de la forma y modo que se establece el CAPITO I “DE LOS EMPRESTITOS”, del TITULO IV “REGIMEN ECONOMICO FINANCIERO Y PATRIMONIAL” de la Ley provincial Nº 1.597. Una vez sancionada la ordenanza, se gira el expediente a la provincia para que continúe con su trámite respectivo hasta el arribo de fondos que se van entregando por avance de todo lo proyectado.
Para mayor información dirigirse a las oficinas municipales en horario de oficina.
Para la realización de las guías de transporte de ganado se requiere presentar la siguiente documentación:
Para solicitar carnet de manipulador de alimentos deberá: Presentar certificado de vacunación con esquema completo (obligatorias: vacuna antitetánica y hepatitis), foto carnet digital (puede ser sacada con teléfono celular) y completar los datos de la solicitud de manera personal en el Box 4.
Allí coordinará su inscripción para la próxima instancia de capacitación presencial obligatoria del curso de MANIPULADOR DE ALIMENTOS por el cual se le otorga el carnet habilitante por 2 (dos) años.
Para tramitar su habilitación de licencia comercial (según Resolución N° 144/13) deberá presentar:
Habilitación de la oficina de Medio Ambiente:
Para solicitar la Licencia única de conducir debe presentarse el solicitante PERSONALMENTE con la siguiente documentación:
MENORES DE EDAD
MAYORES DE 16 AÑOS
Categoría: A1-Ciclomotor (ÚNICA categoría habilitada para menores)
MAYORES DE 17 AÑOS
Categoría: B1-Automóvil (con validez por un año)
Debe presentarse:
A PARTIR DE CATEGORIA B2 EL TRÁMITE SOLO SE PERMITE PARA MAYORES DE 21 AÑOS SIN EXCEPCIÓN.
PASOS A SEGUIR PARA GESTIONAR TU LICENCIA
Este trámite demora aproximadamente 48 hs. Una vez que llega la documentación del REPAT se otorga un turno para la siguiente etapa de evaluación, respetando el siguiente cronograma:
8 hs. Examen teórico de modalidad múltiple opción.
9 hs. Charla sobre conducción en zona urbana. Duración aprox.: 1 hs.
10 hs. Examen práctico (por las calles de nuestro pueblo)
Se requiere un automóvil con apoyacabezas, cinturón de seguridad, freno de mano, luces reglamentarias, matafuego fijo a la unidad y al alcance de la mano, seguro de la unidad, tarjeta verde o en su defecto, comprobante de compra y venta que acredite la titularidad del mismo. En el caso de las motos se solicita además de la moto, toda la documentación y casco.
Para inscribirse para los planes de vivienda, deberá presentarse en el municipio con la siguiente documentación:
Grupo Familiar:
Estado Civil:
Situación laboral:
Residencia:
CUIL-CUIT:
Fotocopia u original de constancia de CUIL ó CUIT de los titulares del grupo familiar. Podés generarlas desde acá (link a página)
Menores ó Mayores a cargo:
Quienes tengan menores o mayores a cargo deberán presentar constancia de tenencia judicial de los mismos.
Menores de edad (18 a 21 años):
Quienes quieran inscribirse y fueran menores de edad, deberán presentar Emancipación expedida por Registro Civil, Defensoría Pública o Escribano Público.
SOLICITAMOS A UD. QUE PRESENTE TODA LA DOCUMENTACIÓN, EN CASO CONTRARIO, NO SE EFECTUARA LA INSCRIPCIÓN
Los siguientes programas son ejecutados y coordinados por la oficina de empleo de nuestra localidad. Para mayor información e inscripciones dirigirse a: Calle 13 N° 822 entre calle 16 y calle 18 – Tel. (02954) 15273307 - Horario de atención: 7 a 13 hs.
CURSO DE INTRODUCCIÓN AL TRABAJO
El curso de Orientación al Mundo del Trabajo (POI) está pensado especialmente para jóvenes y dura 3 meses, o sea 130 horas divididas de acuerdo a los tiempos de que dispongas y los cursarás en alguna de nuestras sedes municipales. El Curso de Introducción al Trabajo brinda un espacio propicio para la reflexión acerca de las aspiraciones educativas y laborales de cada joven, a través de la confrontación entre sus propios saberes y experiencia, y los conocimientos requeridos para desempeñarse en los puestos de trabajo demandados en la localidad o región.
También sirve para:
Destinatarios: Beneficiarios del Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo (PJMyMT) y Programa de Respaldo a Estudiantes de la Argentina (PROG.R.ES.AR).
PROGRAMA PROMOVER
El Programa PROMOVER LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DE EMPLEO, tiene por objeto asistir a personas con discapacidad en el desarrollo de su proyecto ocupacional, a través de su inclusión en actividades que les permitan mejorar sus competencias, habilidades y destrezas laborales, insertarse en empleos de calidad y/o desarrollar emprendimientos productivos independientes. Está destinado a personas desocupados mayores de 18 años con discapacidad.
Condiciones de ingreso
Para acceder al Programa las personas comprendidas deberán ser residentes en el país y tener domicilio en nuestra localidad. Presentar la siguiente documentación:
PROGRAMA PROVINCIAL PRIMER EMPLEO
Próximamente más información.
PROGRAMA PROVINCIAL SEGUNDA OPORTUNIDAD
Próximamente más información.
PROGRAMA NACIONAL JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO
El Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo es una iniciativa del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación Argentina, que comenzó en el año 2008 y está dirigido a jóvenes:
Documentación a presentar:
Con este programa podés:
A la fecha, más de 450 jóvenes victoriquenses han adherido a esta propuesta. Informate en el área de Empleo Joven (Oficina de Empleo).
El derecho de acceso a la vivienda se nutre de principios que se reconocen en nuestra Constitución Nacional.
Con la puesta en marcha del Nuevo Código Civil y Comercial, se introdujo importantes modificaciones:
REGLAMENTACIÓN
Se encuentra reglamentada por:
· Artículos 244 a 256 del Código Civil y Comercial
· Disposición Técnico Registral 9/2015
BENEFICIARIOS
Se puede declarar como beneficiarios:
· El propietario constituyente
· Su cónyuge o conviviente
· Sus ascendientes o descendientes
y en defecto de ellos, sus parientes colaterales dentro del tercer grado, siempre y cuando convivan con el Constituyente
HABITACIÓN DE LA VIVIENDA
Si la afectación es solicitada por el Titular registral, se requiere que al menos uno de los beneficiarios habite el inmueble.
En caso de que los beneficiarios fueran parientes colaterales deberán convivir de forma obligatoria con o los constituyente/s.
En todos los casos, para que los efectos subsistan, basta que uno de ellos permanezca en el inmueble.
MEDIOS DE AFECTACIÓN
Puede acogerse al beneficio por estas vías:
· Acta Administrativa (presentándose en nuestro organismo)
· Escritura Pública (ante un notario)
· Actos de última voluntad o por decisión judicial en los supuestos previstos legalmente.
REQUISITOS
Deberá presentarse en las oficinas del Registro o en el municipio de Victorica, con la siguiente documentación:
Para la afectación:
· Título de Propiedad, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble (puede ser copia), el Registro no retendrá el mismo, solo será con el fin de poder completar o verificar los datos citados en la Declaración Jurada.
· Documento de Identidad del o los constituyente/s.
· Acreditar, el estado civil o relación de familia del/los titular/es con las constancias expedidas por el Registro de las Personas.
· Acreditar el vínculo del titular de dominio con los beneficiarios – si los hubiera en original y fotocopia simple (Partidas o Libreta de Familia)
· Declaración Jurada "Formulario PV-A" (En caso de los municipios debe ser con firmas certificadas de los constituyentes por el Juez de Paz y en caso de concurrir a nuestras oficinas el funcionario interviniente certificara las mismas)
· Sellado Ley convenio 528 (Se adquiere en el Colegio de Escribanos)
Para la desafectación:
· El/los titular/es, si se encuentra casado o en unión convivencial inscripta, deberá/n concurrir en forma conjunto con su/s cónyuge/s o conviviente/s.
· Documento de Identidad del o los constituyente/s y su cónyuge/s o conviviente/s (estos últimos si correspondiere)
· Título de Propiedad inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble (debe ser original), solo para los casos en que la Afectación se realizara bajo el ex Régimen de protección denominado BIEN DE FAMILIA (Ley 14394 y Decreto Ley 505169)
· Acta Administrativa o Testimonio Notoria/de Afectación (Sólo original para proceder a su cancelación)
· Acreditar el estado civil o relación de familia del/los titular/es con las constancias expedidas por el Registro de las Personas.
· Declaración Jurada "Formulario PV-D" (En caso de los municipios debe ser con firmas certificadas de los constituyentes por el Juez de Paz y en caso de concurrir a nuestras oficinas el funcionario interviniente certificara las mismas)
· Sellado Ley Convenio 528 (Se adquiere en el Colegio de Escribanos)
Para la modificación:
Para este supuesto antes de realizar la correspondiente Declaración Jurada de Modificación, contactarse con el registro para ver si para su supuesto corresponde realizar el trámite.
INFORMACIÓN EN GENERAL
DOCUMENTÁCION PARA EXTRANJEROS: Deberá ser presentada traducida y legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y por el Consulado Argentino respectivo o deberá exhibir Apostillo.
DOCUMENTO DE IDENTIDAD: En todos los cosos deberá presentarse con el Documento Nacional de Identidad (DNI), Libreta Cívica (LC) o Libreta de Enrolamiento (LE) original.
HABITABILIDAD DEL BENEFICIARIO: Para el supuesto de que los beneficiarios sea/n Hermano/s, Tío/s ó Sobrino/s, es obligatorio para poder declararlas como beneficiarios que convivan con el o los Titular/es de Dominio.
DOCUMENTACION FAMILIAR:
· ESTADO CIVIL: Acreditar el Estado Civil si correspondiere con la Partida Matrimonial o en caso de Unión Convivencial inscripta la documentación expedida por el Registro de las Personas (conforme a los Art. 509 y 510 del Código Civil y Comercial)
· HIJOS/AS: Partida de Nacimiento o Libreta de Matrimonio del titular con nacimiento inscripto.
· PADRE y/o MADRE: Partida de Nacimiento del Titular o Libreta de Matrimonio de los progenitores con nacimientos inscriptos.
· HERMANOS: Partidas de Nacimiento del beneficiario y del titular o Libreta de Matrimonio de progenitores con nacimientos inscriptos.
· TIOS: Partida de Nacimiento del titular, del progenitor del titular que corresponda (hermano del beneficiario), y del beneficiario, o Libretas de Matrimonios respectivas (de sus progenitores y de los progenitores de estos).
· SOBRINOS: Partida de Nacimiento del titular del progenitor del beneficiario, y del beneficiario o Libretas de Matrimonios respectivas.
Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble
Oficinas del Registro: Ubicadas en Hilario Lagos 330 en la ciudad de Santa Rosa,
capital de la provincia de La Pampa.
Teléfonos: (02954) – 437391, 428793 y 452600 (Interno 6626) – Responsable: Rodolfo Atilio ARAUJO
Correo Electrónico: protvivienda_rpi@lapampa.gob.ar
Web: www.rpi.lapampa.gov.ar
Comedor Escolar, SUM B° Fortineras del Resina y SUM Parque Los Pisaderos
Para solicitar las instalaciones de salones municipales, se deberá cumplimentar con el siguiente trámite:
Nota: El depósito de garantía será reintegrado si se devuelve en perfectas condiciones las instalaciones.
Para realizar los trámites correspondientes a:
Se deberá presentar en la mesa de TASAS Y SERVICIOS de este municipio.
Cabe aclarar que los impuestos municipales se cobran a mes vencido.
Trámites
Para solicitar un terreno fiscal:
Si sos artesano, artesana o manualista de la localidad de Victorica, para encontrarse habilitado para feriar debes estar registrado en el municipio en tres simples pasos:
Conocé el contenido y los alcances de la Ordenanza Municipal N° 2.498/20 click aquí
Inscribirse al Registro Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular
Si sos trabajador/a de la economía popular ser parte del ReNaTEP te permite acceder a programas de trabajo, seguridad social y capacitación. También podés participar de redes de comercialización y tener acceso a herramientas crediticias y de inclusión financiera. Más información click aquí
Relevamiento de Artistas y Trabajadores del Arte y la Cultura de La Pampa
Si sos pampeana/o, trabajas profesionalmente del arte y sos mayor de 18 años te invitamos a Registrarte en la base de datos de la Secretaría de Cultura de la Provincia de La Pampa. Para el relevamiento de artistas de artes visuales, audiovisuales y artesanías click aquí